No es aceptable sostener que cualquier grado de rigidez constitucional es deseable, por lo menos desde una perspectiva de defensa del principio de supremacía de la Constitución; un nivel de rigidez que impida a los actores políticos modificar la constitución a su antojo, y para su propio beneficio, es indispensable como incentivo para que estos actores sientan una obligación de justificar sus decisiones políticas, a través de razones constitucionales y no simplemente convalidarlas ex ante o ex post impulsando enmiendas constitucionales que les suministren “constituciones a la medida”. Una constitución que aún siendo rígida, es frecuentemente modificada para cambiar las reglas del juego electoral o partidista, claramente da indicios de no poseer un nivel de rigidez suficiente para garantizar la supremacía de la constitución, desincentivando a los actores sociales para ajustar su conducta a la Carta Política. Paradójicamente, esta situación crearía la necesidad puntual de reformar la Carta Política para hacerla más difícil de reformar.
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